Soluciones Personalizadas para la Prevención y el Control de Legionella en todo tipo de Instalaciones de Riesgo
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Se puede presentar de dos formas clínicas diferenciadas. En forma de infección pulmonar, que se caracteriza por provocar neumonía con fiebre alta como síntoma principal y en segundo lugar, en forma de fiebre aguda, sin provocar neumonía. El primer caso es grave y es la famosa Enfermedad del Legionario y a la segunda forma se la conoce por el nombre de Fiebre de Pontiac y es de pronóstico leve.
Esta bacteria se halla extendida en ambientes acuáticos naturales (ríos, lagos, aguas termales, etc.) pudiendo sobrevivir en condiciones ambientales muy diversas. Para que su concentración aumente y entrañe riesgo para las personas, debe pasar a colonizar, fundamentalmente a través de las redes de distribución de agua potable, sistemas hídricos construidos por el hombre, como torres de refrigeración y sistemas de distribución de agua sanitaria, donde encuentra condiciones de protección, nutrientes y temperatura entre (25º a 45º) idóneas para su multiplicación.
En términos generales, el contagio de esta enfermedad puede producirse por el contacto con el vapor de agua contaminado con bacterias o las mezclas de tierra para macetas. Este vapor infectado suele provenir, en el entorno del hogar o lugares que frecuentamos, de bañeras o de duchas calientes y de unidades de aire acondicionado en edificios grandes. Pero siempre se debe tener en cuenta que las bacterias no se transmiten de una persona a otra
Nuestro personal técnico está en posesión de los cursos homologados para la formación del personal que realiza operaciones de mantenimiento higiénico sanitario de las instalaciones de riesgo frente a la Legionelosis (según orden SCO/317/2003). Contamos con sistemas avanzados y productos de demostrada eficacia para la ejecución de los trabajos.
Todos nuestros tratamientos y actuaciones están amparadas bajo la Norma UNE-100030:2017, basados en los siguientes Reales Decretos:
El Plan de Prevención y Control de Legionella PPCL engloba y articula la información, los procedimientos y las acciones para evitar la proliferación de Legionella, y que se adapta a las particularidades y características de la instalación.
El titular de la instalación podrá optar por elaborar e implantar un PPCL o un Plan Sanitario frente a Legionella (PSL), sin embargo, el segundo es opcional y el primero es el punto de partida obligatorio. Vamos a ver en qué se diferencian.
Incluirá las medidas preventivas que al menos tendrá que cumplir lo descrito en el anexo IV, así como la designación de responsabilidades (instalador, titular, personal externo y/o propio tanto los responsables técnicos y las responsables técnicas como los operarios y las empresas proveedoras externas, entre otras).
Incluirá el tratamiento del agua en su caso y el programa de limpieza y desinfección de la instalación que, al menos, tendrá que cumplir lo descrito en el anexo IV, del citado Real Decreto.
El cumplimiento de lo descrito en los anexos V y VI, y en el caso de los laboratorios de control, lo descrito en el anexo VII y en el artículo 12.
Que contemplará, acorde con las características de la instalación o de los equipos la relación de contenidos en función de las actividades vinculadas a los PPCL de las instalaciones frente a Legionela y de las funciones asignadas a las personas trabajadoras que intervengan en los mismos.
Los documentos y los registros de cada instalación, deberán reflejar la realización de los controles establecidos en los programas, así como sus resultados, las incidencias y las medidas adoptadas, fechas de paradas y puestas en marcha.
El Plan Sanitario de las instalaciones frente a la legionella PSL se basa en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre los planes de salud del agua y se basa en la evaluación de riesgos.
Al igual que el PPCL, el PSL debe adaptarse a las particularidades y características de cada instalación. El PSL establecerá sus puntos críticos, medidas de control y verificación, y medidas correctoras con base en la evaluación de riesgos de la instalación.
En las instalaciones, locales, centros o edificios prioritarios (instalaciones de locales, centros o edificios que prestan servicios o son frecuentados por personas de especial vulnerabilidad: centros sanitarios, socio-sanitarios y penitenciarios), la persona titular deberá basar su plan preferiblemente en un PSL.
Las personas titulares de las instalaciones deberán actualizar el PPCL o implantar el PSL, según proceda, en un plazo de un año desde la entrada en vigor del RD 487/2022. El PSL deberá contar con los siguientes aspectos:
Resolvemos tu problema de forma inmediata, un técnico especializado te asesorará sobre todas las cuestiones relativas a los diferentes tratamientos, aplicando el más adecuado para cada caso.
En RapidControl, puedes contar con la experiencia de nuestros profesionales y la confianza de miles de clientes que siguen abalando 25 años realizando servicios de Control y Prevención de Legionella.